lunes, 19 de noviembre de 2007

Autónomos y dependientes: historia y futuro



En estas últimas semanas se leen muchos artículos en la prensa de todo tipo acerca de lo que llaman la nueva figura del “autónomo dependiente”, aquel que depende económicamente en al menos un 75% de una empresa. Incluso algunos periodistas para quien esto es nuevo llegan a decir “El Estatuto del Trabajo Autónomo ha traído una nueva figura no exenta de polémica: el trabajador autónomo económicamente dependiente”. Esto es totalmente incierto, no es nueva, ya tiene su historia. La figura del trabajador autónomo dependiente no aparece con el Estatuto, sino que esta ley es la que reconoce de forma legal la figura, que no es más que una “variedad” del trabajador autónomo. Es más, esta figura del autónomo parasubordinado (como se le conoce en algunos paises de Europa), TRADE (otra denominación) o dependiente (la más usual) es la que ha provocado el desarrollo del nuevo Estatuto. Hace cinco años, cuando una organización parasindical, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) comenzó a tener peso en España, se pusieron a elaborar un borrador sobre el Estatuto del Trabajador Autónomo Dependiente debido al fuerte crecimiento de esta forma laboral que crecía por miles de trabajadores y trabajadoras en España. Empresas de distribución y transporte basaban su estrategia laboral en los dependientes, como en la construcción, empresas de seguros,… e incluso en algunos casos saltaron a la prensa casos muy llamativos como el de la Casa Real donde había más de cien personas como autónomos dependientes.
Así que era urgente legalizar esta nueva situación, más que nada porque se estaba extendiendo como la pólvora. Muchos empresarios no querían tener cargas laborales así que esta era una forma de arriesgar menos, y económicamente parece también más interesante.
Así que la estrategia es dotar de prestaciones legales a los trabajadores dependientes, como prestaciones por desempleo, vacaciones, permisos de maternidad/paternidad, etc. para que el empresario se piense si realmente merece la pena externalizar o no.
Pues bien, UPTA, por medio de su secretario general Sebastián Reyna se coordina con la sectorial de Emprendedores, Economía Social y Autónomos del PSOE a través de su entonces Coordinador Federal, Juan José Barrera Cerezal de forma que el PSOE incluya en su programa de gobierno para las elecciones el mencionado estatuto.
Luego, una vez en el gobierno se vió claramente que había que aumentar el peso de dicho Estatuto y que abarcase a todos los autónomos/as. E incluso el nombre que fuese más genérico (ambos géneros masculino y femenino) y se le puso el nombre del Estatuto del Trabajo Autónomo que ya es una realidad. Pero las reglamentaciones específicas sobre algunas materias muy conocidas como las prestaciones por desempleo o las vacaciones van a ir orientadas en un principio como no podría ser de otra manera hacia la figura del dependiente. La convergencia de las prestaciones del trabajador autónomo en general con las del trabajador por cuenta ajena va a ir produciéndose de acuerdo con directrices importantes como son el Pacto de Toledo y el Pacto de Lisboa, pero despacito y apuntalando cada paso con términos económicos.
Pero todo esto no es más que una evolución, y a partir de Enero veremos situaciones realmente extrañas. Para empezar se están observando pasos de algunos empresarios que ya están “forzando” a sus trabajadores autónomos dependientes a evolucionar a sociedad limitada. No podría ser de otra manera, de todos es sabido que casi siempre la ley va por detrás de la realidad, y en España concretamente somos conocidos mundialmente por nuestra “picaresca”.Y en todo esto, que ya es una realidad, los agentes sociales no saben qué hacer ni por qué camino ir. La realidad supera siempre a la ficción, y en los próximos años las relaciones laborales ya no serán lo que eran, es más me atrevería a pronosticar que no se van a parecer mucho a como son.

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